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¿Están cubiertos los gastos de inhumación en los gastos de repatriación?

 En caso de fallecimiento, y si se tiene contratada la cobertura, la aseguradora se hace cargo de los gastos y gestiones necesarias para la repatriación del asegurado en cualquier lugar del mundo a su lugar de inhumación en España, pero es frecuente que en ningún caso, quedan cubiertos los gastos de inhumación, ceremonia, ni el coste del ataúd. Esta cobertura habrá que buscarla específicamente en un producto ad hoc, o haberla contratado como cobertura complementaria en la póliza.

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