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¿Una reclamación contra mi persona como administrador podría perjudicar a mi mujer e hijos?

La respuesta es que sí. Los administradores de las sociedades deben desempeñar su cargo con la diligencia de ordenado empresario (Ley de Sociedades de capital (Art. 225).

Los administradores responderán personalmente y solidariamente del daño que causen frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores sociales, en el desempeño de su cargo.

La responsabilidad del administrador es una responsabilidad personal, como persona que ostenta el cargo de administrador. Nuestro derecho sucesorio tiene la peculiaridad  de que el sucesor se subroga en la posición del causante, asume la titularidad patrimonial.

El art. 1 del Código de sucesiones menciona que: "El heredero sucede en todo el derecho de su causante. Consecuentemente adquiere los bienes y los derechos de la herencia y se subroga en las obligaciones del causante que no se extingan por la muerte. Ha de cumplir las cargas hereditarias y resta vinculado a los actos propios del causante."

Por esta razón, las pólizas de seguro de responsabilidad civil de administradores y directivos, contemplan la cobertura de la las reclamaciones contra el cónyuge y los herederos del administrador social.

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