Preguntas y respuestas para:
Seguro de voluntariado

Coberturas
¿Qué está cubierto en la cobertura de accidentes del voluntario?
¿Qué protege la cobertura de asistencia sanitaria por accidente de los voluntarios?
¿Qué protege la cobertura de asistencia sanitaria por accidente de los voluntarios?

Dentro de los límites de capital indicados en la póliza, asumirá los gastos de asistencia médica, farmacéutica y de hospitalización que, como consecuencia de un accidente garantizado por la póliza precise el Asegurado hasta su total restablecimiento durante el plazo máximo de un año.

 

En esta garantía se incluyen:

 

  • Los gastos de carácter urgente como consecuencia del traslado del Asegurado hasta el centro sanitario donde pueda recibir la primera atención médica.
  • Los honorarios médicos, los gastos por intervenciones quirúrgicas, los gastos de hospitalización y farmacéuticos.
  • Los gastos de un acompañante, debidamente justificados, siempre que el estado del Asegurado exija su hospitalización por un periodo superior a setenta y dos horas, con un límite diario de 30 € y por un periodo máximo, continuado e improrrogable, de treinta días.
  • Los gastos de transporte por ambulancia o cualquier otro medio justificado por el estado del Asegurado, excepto aviones sanitarios, cuando el Asegurado pueda o solicite continuar el tratamiento en la localidad de su domicilio, si el accidente ocurrió en una distinta o, en otro caso, tenga que recibir asistencia en una población distinta a la de su residencia habitual, con límite del 25% de la suma indicada para esta garantía.
  • Los costes de la primera prótesis auditiva, visual o dental que precise el Asegurado como consecuencia del accidente sufrido, con el límite máximo del 20% de la suma indicada para esta garantía y un máximo de 600 €.
  • Los gastos de búsqueda y salvamento del Asegurado desaparecido o en peligro como consecuencia de un accidente garantizado por la póliza, con límite del 10% del capital asegurado para la garantía de Invalidez Permanente Establecida en Baremo o Muerte,en su defecto,y en todo caso,con el límite máximo por persona y siniestro de 6.000 Euros.
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214,14