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Mi administrador de fincas me aconseja una póliza. ¿Debo aceptarla?

Vaya. ¡Qué pregunta!

En España los mediadores profesionales están regulados por la ley 26/2006 de mediación de seguros. Esta ley regula la profesionalidad de los profesionales que se dedican a esta actividad. Cuando alguno de estos profesionales le proponga un contrato, debe confiar en él, porque, por lo general, su asesoramiento será imparcial y objetivo.

Desgraciadamente, y en ocasiones, las aseguradoras utilizan a los administradores de fincas como agentes comerciales de sus empresas. Lo hacen de un modo discutible, porque el administrador no es un profesional de los seguros, y no puede asesorar sobre la conveniencia de elegir un producto u otro. No se adecúa a las exigencias de la ley de mediación y no están supervisados por la Dirección General de Seguros. Además tampoco puede responsabilizarse de su asesoramiento, y casi siempre lo hará de modo poco transparente, ocultando a la comunidad que su asesoramiento estará pagado mediante una comisión por aquella aseguradora que recomienda.

En nuestra opinión, la recomendación de un administrador de fincas que no esté avalada por un mediador profesional, no debe ser tenida en cuenta.

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