Preguntas y respuestas para:
Seguro de Movilidad Personal
Desde enero de 2026, los patinetes eléctricos y otros VMP deberán tener seguro obligatorio en España. Te explicamos qué exige la Ley 5/2025, a quién afecta, y cuánto debe cubrir el seguro.
Seguro obligatorio para patinetes eléctricos y VMP en 2026: qué dice la Ley 5/2025
La nueva Ley 5/2025, publicada en julio de 2025, introduce una reforma clave en la normativa española de circulación: a partir del 2 de enero de 2026, los vehículos de movilidad personal como patinetes eléctricos, monociclos, segways o sillas motorizadas deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil para circular legalmente por vías públicas en España.
Este cambio normativo afectará a miles de usuarios que utilizan estos medios de transporte como alternativa al coche o transporte público. A continuación, te explicamos con claridad quién está obligado, qué vehículos se ven afectados, y cuáles son los límites mínimos de cobertura, con citas legales directas.
¿Qué vehículos están obligados a tener seguro obligatorio?
Según la Ley 5/2025:
“El conductor de un vehículo a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro (…) que cubra (…) la responsabilidad civil en que pueda incurrir por los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.”
YSe amplía el concepto de “vehículo a motor” para incluir:
“Los vehículos personales ligeros, definidos como aquellos vehículos con motor eléctrico con una velocidad máxima por construcción superior a 25 km/h, o peso neto máximo superior a 25 kg con velocidad máxima superior a 14 km/h.”
Por tanto, estarán obligados a contratar un seguro:
- Patinetes eléctricos,
- Segways,
- Monociclos eléctricos,
- Hoverboards,
No son vehículos a motor, las sillas de ruedas y otros vehículos motorizados específicos de apoyo a la movilidad de personas con movilidad reducida, que son destinados exclusivamente a tales personas.
¿Qué vehículos están excluidos del seguro obligatorio?
La ley establece explícitamente las excepciones:
“No tendrán la consideración de vehículos a motor, a efectos de esta ley, (…) las bicicletas de pedaleo asistido, tal como se definen en el Reglamento (UE) nº 168/2013 (…) que cuenten con un motor con una potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W y cuya asistencia eléctrica se interrumpa al superar los 25 km/h o antes si el ciclista deja de pedalear.”
Esto significa que las bicicletas eléctricas EPAC (como las Legend eBikes de 250 W) no están obligadas a asegurar ni a matricularse, ya que legalmente no son vehículos a motor.
¿Cuáles son los límites mínimos del seguro obligatorio según la Ley 5/2025?
Los capitales mínimos de cobertura del seguro obligatorio para estos vehículos:
“1. El seguro obligatorio deberá garantizar, dentro de los límites cuantitativos siguientes, la cobertura de la responsabilidad civil del conductor:
a) En los daños a las personas, hasta un límite de 6.450.000 euros por siniestro, con independencia del número de víctimas.
b) En los daños en los bienes, hasta un límite de 1.300.000 euros por siniestro.”
Por tanto, todo patinete eléctrico o VMP obligado deberá estar cubierto con estos límites, al igual que ocurre con el seguro de coche o moto.
¿Qué implicaciones tiene esta ley para los ciudadanos?
- Todo usuario de patinete eléctrico o VMP motorizado deberá contratar un seguro desde el 2 de enero de 2026 si quiere circular legalmente.
- También se establecerá un registro nacional de vehículos personales ligeros gestionado por la DGT y un sistema de identificación (etiqueta o matrícula).
- Circular sin seguro implicará sanciones económicas importantes.
- Por el contrario, los usuarios de bicicletas eléctricas EPAC homologadas no tendrán que hacer ningún trámite adicional ni contratar seguros nuevos.
¿Es esta ley parte de una normativa europea?
Sí. La Ley 5/2025 transpone la Directiva (UE) 2021/2118, que busca armonizar la normativa sobre seguros de responsabilidad civil para vehículos motorizados en todos los países de la UE. Países como Francia y Alemania ya exigen desde hace años seguros para patinetes eléctricos, y la tendencia es que esta obligación se extienda en toda Europa.
En resumen
La Ley 5/2025 cambia radicalmente el marco legal de los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal en España. Si eres usuario habitual de un VMP, deberás estar asegurado a partir de 2026. No cumplir esta obligación te expondrá a multas y responsabilidades importantes en caso de accidente.
Sin embargo, si utilizas una bicicleta eléctrica EPAC que cumpla con la normativa europea, puedes estar tranquilo: ni necesitas seguro obligatorio, ni matrícula, ni permiso de conducción.
Este cambio normativo abre una oportunidad para informarse bien, adaptarse con tiempo, y valorar otras formas de movilidad eléctrica que, como las bicicletas EPAC, seguirán circulando con plena legalidad y sin trámites adicionales.
