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Me he caído por culpa de una alcantarilla; ¿tengo posibilidad de reclamar al ayuntamiento?

Si la titularidad del servicio para el cual existe la alcantarilla o su mantenimiento es responsabilidad del ayuntamiento, la respuesta es afirmativa. Así de desprende del precepto legal dispuesto por el Artículo 139 de Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En él se definen los  Principios de la responsabilidad de las Administraciones Públicas.

1. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

2. En todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.

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