Preguntas y respuestas para:
Seguro Responsabilidad Civil de criadores y adiestradores

Generalidades
¿Están los criadores y adiestradores obligados a mantener un seguro de responsabilidad civil sobre sus animales?
¿Es responsable el criador de Animal de compañía: animal doméstico o silvestre en cautividad, después de la venta del animal?
¿Es suficiente con tener un seguro de responsabilidad civil de adiestrador o criador para dar cumplimiento a la obligación de asegurarse que se establece en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales?
¿Qué son los Núcleos zoológicos y cómo se constituyen según la Ley de Bienestar animal?
Categorías de núcleos zoológicos y número de animales
¿Cuál es el objetivo principal de la Ley de Bienestar animal?
¿Cuáles son los principales elementos a tener en cuenta por los criadores de animales que se establecen en la Ley de Bienestar animal?
¿Qué tipo de seguro debo tener como tenedor de perros?
¿Qué es la franquicia de responsabilidad civil de la póliza?
¿Cuáles son los principales elementos a tener en cuenta por los criadores de animales que se establecen en la Ley de Bienestar animal?

La ley establece una serie de medidas que pueden ser de interés para los criadores de perros, como,

 

  • la obligatoriedad de estar inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía,
  • la prohibición de la cría comercial de cualquier especie de animal de compañía por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía,
  • la obligatoriedad de identificar y registrar a los animales de compañía,
  • la prohibición de la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales,
  • así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, y
  • la obligatoriedad de haber realizado un curso de formación para la tenencia de perros para aquellas personas que opten a ser titulares de perros.

 

Para ser criador de perros, se establece la obligatoriedad de estar inscrito en el Registro de Criadores de Animales de Compañía y de acreditar la formación que reglamentariamente se determine para poder ejercer su actividad, según la categoría de criador en la que se inscriba.

 

Además, se establece que las condiciones para la autorización de la actividad de la cría, tipos de criadores autorizados, periodicidad y condiciones de los individuos reproductores se desarrollarán reglamentariamente.